//18 de Noviembre, 2022 |
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trassens a las 09:49, en
DIVORCIOS ABOGADOS MAR DEL PLATA |
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abogada, divorcio, express, mar, del, plata, familia, rapido, sencillo, financiado, hijos, bienes, alimentos |
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//23 de Octubre, 2022 |
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trassens a las 18:08, en
DIVORCIOS ABOGADOS MAR DEL PLATA |
Desde la puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, ya está activa en la Argentina la posibilidad de realizar un divorcio express. Desde entonces, no es necesaria la voluntad de ambos cónyuges para poner fin a un matrimonio con un divorcio express, ya que puede iniciarlo uno de los integrantes de la pareja por su cuenta.... Continuar leyendo |
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//10 de Diciembre, 2021 |
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trassens a las 08:32, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
 Cuidado personal de los hijos -¿A qué se llama cuidado personal de los hijos? Es el conjunto de deberes y facultades que tienen los progenitores en la vida cotidiana de sus hijos. Es lo que antes se llamaba “tenencia de los hijos”.
-Si los progenitores viven juntos ¿Cómo ejercen el cuidado personal? Ambos tienen los mismos derechos y obligaciones sobre sus hijos.
-¿Qué pasa cuando los progenitores no conviven? El cuidado personal de los hijos puede ser ejercido por uno o por ambos progenitores. A éste último se lo llama cuidado compartido.
- Cuidado compartido ¿Qué es el cuidado compartido? Es aquel que ejercen los progenitores sobre los hijos cuando no conviven.
-¿Cómo se ejerce el cuidado compartido? Puede ser: -Alternado: el hijo pasa períodos de tiempo con cada uno de los progenitores. -Indistinto: el hijo reside en el domicilio de uno de los progenitores pero ambos comparten las decisiones y se distribuyen las labores. Por ejemplo, el hijo vive con uno de ellos pero el otro se ocupa de llevarlo al colegio y al club mientras que el otro lo lleva al pediatra. Ambos deciden sobre las cuestiones relativas al colegio –actos, reuniones de padres-, vacaciones, etc. Tenes dudas? Consultanos 223-155458788
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//24 de Abril, 2018 |
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trassens a las 18:58, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
DIVORCIOS MAR DEL PLATA ABOGADOS DRA. PAULA TRASSENS 155458788 Divorcio - Unilateral División de Bienes Alimentos de los menores. Reclamos de Cuota alimentaria Redactamos Acuerdos Iniciamos Demandas Contestamos demandas Regímenes de Comunicación con los hijos Cuidado Personal de los hijos Autorización Judicial para viajes fuera del país Uniones Convivenciales Pactos Pre Nupciales Acompañamiento legal en Audiencias Dra. Paula Trassens 155458788... Continuar leyendo |
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//13 de Mayo, 2017 |
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trassens a las 18:58, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
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//13 de Mayo, 2017 |
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trassens a las 18:58, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
DIVORCIOS MAR DEL PLATA ABOGADOS DRA. PAULA TRASSENS 155458788 Divorcio - Unilateral División de Bienes Alimentos de los menores. Reclamos de Cuota alimentaria Redactamos Acuerdos Iniciamos Demandas Contestamos demandas Regímenes de Comunicación con los hijos Cuidado Personal de los hijos Autorización Judicial para viajes fuera del país Uniones Convivenciales Pactos Pre Nupciales Acompañamiento legal en Audiencias Dra. Paula Trassens 155458788... Continuar leyendo |
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//18 de Abril, 2016 |
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trassens a las 10:29, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
Estudio Jurídico Trassens asiste a sus clientes en todas las áreas derivadas del Derecho de Familia: Divorcios Concubinatos Alimentos: fijación, aumento o disminución de los mismos Régimen de Comunicación Disolución
de la Sociedad conyugal Acuerdos privados-judiciales y homologaciones.
Liquidación y Adjudicación de bienes de la Sociedad Conyugal judicial o
extrajudicial Nulidad del matrimonio. Cuidado Personal de hijos menores. Patria potestad , Tutelas, Curatelas Filiaciones, Reconocimientos de Hijos Impugnación de paternidad Asistencia a las víctimas de violencia familiar 155458788 / 4751085 trassens.doc@hotmail.com SEGUINOS EN FACEBOOK https://www.facebook.com/AbogadosdeMardelPlata... Continuar leyendo |
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//28 de Junio, 2015 |
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trassens a las 13:25, en
UNION CONVIVENCIAL |
SI ESTAS EN CONCUBINATO HOY O VAS A FORMAR UNA UNION CONVIVENCIAL TENES QUE LEER: Como todos seguramente ya conocen, en Agosto de 2015, entra en vigencia el Nuevo Código Civil unificado. Allí, hay una nueva figura jurídica, que se denomina Unión Convivencial. La misma reemplaza a lo que hoy se conoce como concubinato, y que casi no tiene reconocimiento en el Código Actual. A partir de Agosto, y esto es lo que más debe interesar. para que exista una Unión Convivencial, la ley exige, que los dos convivientes tengan aptitud nupcial.; es decir que estén en condiciones de casarse nuevamente si así lo quisieran traducido al llano, ninguno de los convivientes puede estar separado de hecho, si haber realizado su divorcio, si es que quiere que esa Unión Convivencial, sea registrada y poseer derechos. O sea que ya sea que el hombre o la mujer tuvieran un matrimonio anterior y no estuvieran divorciados, SI VIVEN EN PAREJA CON OTRA PERSONA, ESTA NUEVA RELACION NO SE CONSIDERA UNION CONVIVENCIAL PARA LA LEY; POR ENDE SI SE QUIEREN RECLAMAR DERECHOS NO SE PODRA. Hoy en día la ley para denominar concubinos a dos personas, no hace diferenciación si están separados de hecho, viudos, divorciados de su matrimonio anterior en cambio, con el nuevo Código Civil y Comercial Unificado ambos convivientes, para poder tener derechos, obligaciones, poder registrar esa Unión Convivencial, etc., ambos deben tener aptitud nupcial, por ende si no están divorciados de sus matrimonios anteriores, con sentencia de divorcio, deberán iniciar el trámite para divorciarse y dar registro a esta nueva union. Recuerden que se podrá pedir de manera unilateral... Continuar leyendo |
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//21 de Junio, 2015 |
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trassens a las 17:05, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
15 PUNTOS IMPORTANTES QUE TRAE EL NUEVO CODIGO CIVIL EN MATERIA DE DIVORCIO
- REGIRA COMO BASE O PRINCIPIO FUNDAMENTAL, LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES.
- .SE ELIMINA LA SEPARACION PERSONAL, SOLO HABRA DIVORCIO
- NO SE REQUIERAN LOS PLAZOS MINIMOS PARA EL INICIO DEL DIVORCIO.
- DESAPARECEN LAS CULPAS COMO CAUSAL NO HACE FALTA INVOCAR NINGUNA CAUSA PARA PEDIR EL DIVORCIO.
- SE
PUEDE INICIAR DE MANERA UNILATERAL POR UNO DE LOS CONYUGES SIN EL
CONSENTIMIENTO DEL OTRO. EN CASO DE ESTAR DE ACUERDO LO PUEDEN INICIAR
AMBOS.
- LOS
CONTRAYENTES PODRAN OPTAR POR EL REGIMEN PATRIMONIAL QUE SE DESEEN YA
SEA EL DE COMUNIDAD DE BIENES O DE SEPARACION DE BIENES.
- SI SE OPTA POR UNO DE ELLOS SE PUEDE CAMBIAR PASADO UN AÑO.
- SE PODRAN REALIZAR PACTOS O ACUERDOS PRE Y POST NUPCIALES EN MATERIA DE DIVISION DE BIENES.
- QUIENES
NO PACTEN, QUEDAN DENTRO DEL REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES (
ACTUALMENTE DE GANANCIALIDAD), AUNQUE DESPUES PUEDEN CAMBIAR DE SISTEMA.
- QUIEN INICIE EL PEDIDO DEL TRAMITE, DEBERA PRESENTAR UNA PROPUESTA SOBRE LAS CUESTIONES DE BIENES ALIMENTOS ETC.
- SI EL CONYUGE QUE NO INICIA EL DIVORCIO NO ESTA DE ACUERDO CON DICHA PROPUESTA PRESENTA OTRA,
- SI NO HAY ACUERDO DE PARTES, DECIDE EL JUEZ.
- POR
MAS QUE NO EXISTA ACUERDO DE PARTES EN CUANTO A LAS CUESTIONES CONEXAS
COMO LO SON LOS ALIMENTOS, LAS VISITAS, LA DIVISION DE BIENES ETC. EL
JUEZ IGUAL DICTA SENTENCIA DE DIVORCIO
- EL
CONYUGE QUE SUFRA UN DESEQUILIBRIO MANIFIESTO POR EL CUAL EL DIVORCIO
EMPEORE SU SITUACION PODRA EXIGIR UNA COMPENSACION ECONOMICA.
- SE AMPLIA LA PROTECCION DE LA VIVIENDA FAMILIAR YA SEA QUE SE TRATE DE UN BIEN GANANCIAL O DE UN BIEN PROPIO DE LOS CONYUGES


 ABOGADOS DE FAMILIA MAR DEL PLATA CONSULTE DE MANERA PERSONAL AL 155458788 O POR MAIL A trassens.doc@hotmail.com... Continuar leyendo |
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//17 de Febrero, 2015 |
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trassens a las 14:57, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
Estudio Juridico Trassens asiste a sus clientes en todas las áreas derivadas del Derecho de Familia: Alimentos: fijación, aumento o disminución de los mismosRégimen de visita fijación o modificación.Disolución de la Sociedad conyugal Acuerdos privados-judiciales y homologaciones.Liquidación y Adjudicación de bienes de la Sociedad Conyugal judicial o extrajudicialNulidad del matrimonio.Tenencia de hijos menores.Patria potestad , Tutelas, CuratelasFiliaciones, Reconocimientos de HijosImpugnación de paternidadAsistencia a las víctimas de violencia familiarSolicite entrevista por mail a trassens.doc@hotmail.com o por telefono a (223)155458788
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//06 de Abril, 2014 |
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trassens a las 15:43, en
SUCESIONES |
No basta la mera invocación por el magistrado de encontrarse comprendido en causales de excusación para su inhibición, pues resulta menester una razonable manifestación fáctica que evite un apartamiento arbitrario. Aun cuando es justificable y atendible que un juez se inhiba de conocer por delicadeza, no por ello el Tribunal debe necesariamente hacerse eco de ello, puesto que no cabe dejar de lado el principio según el cual los juicios deben iniciarse y concluirse ante los jueces naturales de acuerdo al ordenamiento legal vigente. En autos, se rechazan las excusaciones formuladas por tres vocales de Cámara por considerarse comprendidas en la causal contemplada en el inc. 9, art. 17, CPCC de Formosa, y como consecuencia de ello, por razones de decoro y delicadeza (art. 30, CPCC de Formosa), basándose la primera de las inhibiciones en tener una relación de amistad y afecto con los herederos de autos que debaten intereses contrapuestos; la segunda, en que el incidentado es el bioquímico personal de su madre, por lo que le realiza continuas consultas; y la tercera, en que su hija concurre al mismo grado escolar que las hijas del actor, por lo que mantiene trato diario y frecuente con él y sufamilia. Las inhibiciones presentadas no evidencian extremos de tal entidad que justifiquen el apartamiento. El inc. 9, art. 17, indica amistad que se exteriorice en gran familiaridad o frecuencia de trato, lo que refiere a la existencia de una relación íntima de amistad, extremo que no se evidencia en los fundamentos esgrimidos. Por otra parte, no está acreditado que existan graves motivos de decoro y delicadeza como para justificar el apartamiento, al no existir ningún elemento de juicio del que se pueda inferir, ni siquiera dudar, de la imparcialidad de las magistradas por las circunstancias que invocan en sus excusaciones.
Motter, Raymundo Longinos s. Acción sucesoria - Incidente de cuaderno de administración /// Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Formosa, Formosa; 18-12-2013; RC J 1468/14 ... Continuar leyendo |
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//23 de Abril, 2013 |
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trassens a las 23:04, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
Derecho de Familia - Abogados en Mar del Plata Estudio Jurídico Trassens Tramitamos: · Alimentos: Fijación, Aumento o Disminución de cuota. · Concubinatos. Uniones Convivenciales Asesoramiento. · Divorcios por mutuo acuerdo y contradictorios. · Disolución de la Sociedad conyugal Redacción deAcuerdos Homologaciones Adjudicación de Bienes. · Filiaciones, Reconocimientos de Hijos. Impugnaciones. · Patria potestad, Tutelas, Curatelas. · Planificación Sucesoria. Redacción de Testamentos. Apertura de Sucesiones Ab- Intestato y Testamentarias. Declaratorias de Herederos. · Régimen de visita: Fijación y Modificación. Impedimento de contacto. · Tenencias Acuerdos y Homologaciones. Asistencia Legal Integral Familiar en Mar del Plata ... Continuar leyendo |
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//02 de Enero, 2013 |
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trassens a las 15:56, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
DIVORCIO SEGUN PASAN LOS AÑOS, DESPUES DE CUMPLIR LOS 50 ABOGADOS DE FAMILIA MAR DELPLATAEL DIVORCIO SEGÚN PASAN LOS AÑOS… DESPUES DE CUMPLIR LOS 50.Hay algo que la casuística nos revela, y es que cada vez son más numerosos los divorcios en esta etapa de la vida. Hace tiempo atrás, estas decisiones generalmente eran tomadas por personas que habiendo ya criado a sus hijos, hoy no toleraban en su mayoría situaciones de violencia familiar.... Continuar leyendo |
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//05 de Agosto, 2012 |
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trassens a las 00:24, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |

ACOMPAÑAMIENTO EN CONFLICTOS FAMILIARES
SEPARACIONES DIVORCIOS DIVORCIO CONTRADICTORIO POR ADULTERIO VIOLENCIA ABANDONO DEL HOGAR INJURIAS GRAVES DIVORCIOS POR PRESENTACIÓN CONJUNTA O POR MUTUO ACUERDO. DIVORCIOS CON UN SOLO ABOGADO. INSCRIPCIÓN DE SENTENCIA
PEDIDO DE TENENCIA DE MENORES Y DE REGÍMENES DE VISITAS. IMPEDIMENTO DE CONTACTO.
VALIDACIÓN EN ARGENTINA DE MATRIMONIOS CELEBRADOS EN EL EXTRANJERO TRAMITES DE EXEQUATUR.RECONOCIMIENTO EN ARGENTINA DE MATRIMONIO CELEBRADO EN EL EXTRANJERO. ... Continuar leyendo |
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//23 de Julio, 2012 |
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trassens a las 18:00, en
ABOGADA DE FAMILIA MAR DEL PLATA Y ZONA |
Terminar con un Matrimonio es una decisión de peso en nuestras vidas .No se recomienda dar inicio los trámites sin estar totalmente convencido, ya que no solo tiene costos económicos, o hacerlo para llamarle la atención al otro por que seguramente a nuestro cónyuge le va a molestar. Es por eso que hay que estar seguro del paso que se va a dar.
Si tu matrimonio se halla en crisis, o estas barajando la posibilidad de una separación, y no sabes que hacer busca un Abogado Especializado en Derecho de Familia.
Te aconsejamos que tengas a tu alcance toda tipo de información económica gastos, datos de los bienes, datos de una empresa cantidad de empleados, resúmenes de tarjetas, datos de propiedades e hipotecas, cuentas bancarias etc. Ya que esto ayudara a determinar las bases de los bienes y activos existentes. ... Continuar leyendo |
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